- Apto/Zona
- Apto 101
- Daño
- Grieta
- Común/ Privado
- Por determinar
- Evidencia
- Fotos
- Concepto técnico
- Pendiente
- Responsable
- Pendiente
- Seguro
- Sí/No
- Radicado
- XXX
- Estado
- Abierto
Primero: cuide su vida
- No ingrese al edificio hasta confirmar que es seguro.
- Si huele a gas, evacúe. No encienda fuego ni accione interruptores.
- No use ascensores ni haga reparaciones estructurales improvisadas.
Sobre esta guía
Checklist unificado para copropiedades (propiedad horizontal) y núcleos familiares afectados.
Documento compilado a partir de dos fuentes: la Lista maestra de chequeo NSR-10 para edificios de propiedad horizontal y la Guía de emergencia - Segunda etapa: trámites y gestiones, actualizada el 16 de agosto de 2026.
Lea esta advertencia antes de usar la guía
Advertencia sobre el origen de la información: ninguna de las dos fuentes compiladas es un documento oficial de la Alcaldía de Santiago de Cali. La lista de chequeo NSR-10 fue elaborada como material de apoyo técnico con referencias normativas (NSR-10, Ley 675 de 2001, Ley 142) y contenía recomendaciones formuladas en primera persona, que en esta versión se convirtieron a un tono institucional neutro sin alterar el contenido técnico. La guía de trámites fue elaborada por una voluntaria de la comunidad caleña, sin ánimo de lucro, con base en información publicada por medios y entidades oficiales (Alcaldía de Cali, EMCALI, Gases de Occidente, Registraduría Nacional, Fasecolda). Ambas fuentes pueden contener información desactualizada; se recomienda verificar cada dato ante la entidad competente antes de tomar decisiones jurídicas o administrativas.
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1Primeras horas: seguridad
Responsabilidad: Copropiedad / administración y residentes
No debe ingresarse a la edificación hasta confirmar que es seguro hacerlo.
- Verificar si existen personas heridas o atrapadas.
- Evacuar si existe riesgo.
- No utilizar ascensores hasta que hayan sido revisados.
- No ingresar a zonas con desprendimientos, daños importantes o riesgo de colapso.
- No tocar cables eléctricos caídos.
- Si existe olor a gas, evacuar y reportar la emergencia de inmediato.
- No encender fósforos, encendedores ni aparatos eléctricos si se sospecha fuga de gas.
- No intentar reparar instalaciones de gas o electricidad por cuenta propia.
- No retirar elementos estructurales dañados.
- No demoler paredes, columnas, vigas o placas.
- No ordenar reparaciones estructurales improvisadas.
Fuente: Alcaldía de Santiago de Cali — recomendaciones antes, durante y después de un sismo (cali.gov.co).
2Evaluación técnica de la edificación
Este es, en términos prácticos, el punto más importante de todo el proceso. La administración debe gestionar la evaluación estructural antes de autorizar cualquier reingreso u obra.
2.1 Profesional a contratar
- Ingeniero civil competente en evaluación estructural.
- Preferiblemente, especialista con experiencia en estructuras y evaluación post-sísmica.
2.2 Elementos a inspeccionar
- Estructura y elementos no estructurales.
- Fachada.
- Escaleras.
- Cubiertas.
- Parqueaderos.
- Sótanos.
- Muros, columnas, vigas y placas.
- Juntas.
- Redes de agua, gas y electricidad.
- Ascensores.
2.3 Concepto técnico escrito
No debe aceptarse un diagnóstico verbal ni informal ("eso no es nada", "solo son unas grietas"). Debe exigirse un documento escrito que indique si el edificio puede ser ocupado y, en caso afirmativo, si la autorización cubre la totalidad del edificio o solamente determinadas zonas.
Fuente: NSR-10, Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente.
3Documentar antes de reparar
Antes de iniciar cualquier reparación debe fotografiarse de forma exhaustiva:
- Fachada, escaleras, pasillos, parqueaderos, sótanos y cubiertas.
- Columnas, vigas, placas y muros.
- Puertas, ventanas, grietas y desprendimientos.
- Tuberías, medidores e instalaciones eléctricas.
- Daños dentro de cada apartamento.
Cada fotografía debe registrar: apartamento o lugar + fecha + hora + descripción. Ejemplo:
Apto 804 – habitación principal – grieta diagonal muro norte – 16/08/2026 – 10:32 a. m.
4Registro y trámites ante las autoridades
4.1 Reporte de daños ante la Alcaldía de Cali
Responsabilidad: Propietario y/o arrendatario
Canal: WhatsApp oficial de la Central de Monitoreo — WhatsApp +57 310 229 97 08.
El reporte debe incluir cuatro datos:
- Fotos claras de los daños (solo si es posible; no ingresar si hay grietas amplias, desprendimientos o dudas sobre la estabilidad).
- Nombre completo de la persona que atenderá a los equipos en el lugar.
- Teléfono de contacto disponible.
- Dirección exacta de la vivienda o sus coordenadas.
El reporte queda registrado por la Central de Monitoreo, que organiza la atención. Ingenieros y arquitectos visitan los predios reportados para evaluar técnicamente los daños; la atención se prioriza según la gravedad. Para vivienda en conjunto o edificio, la valoración técnica debe coordinarse con la administración.
4.2 Registro como damnificado/a — RUFE
La Alcaldía adelanta el Registro Único de Familias en Emergencia (RUFE) para identificar a las familias afectadas.
- Censo: funcionarios de la Alcaldía visitan directamente las viviendas y realizan el registro en formato físico.
- Los censos se anuncian previamente en cada sector; si aún no se ha realizado la visita, debe consultarse en el barrio, con la administración de la propiedad horizontal o en el punto de atención de la Alcaldía.
- No se usan códigos QR, formularios digitales ni enlaces por WhatsApp o redes sociales.
- No se cobra dinero ni se solicitan bienes para hacer el registro.
Fuente: Alcaldía de Santiago de Cali, 16 de agosto de 2026.
4.3 Recuperación de documentos de identidad
Responsabilidad: Individual
La Registraduría abrió jornadas gratuitas de identificación (cédula, tarjeta de identidad, registro civil) el jueves 20 y el viernes 21 de agosto en los albergues habilitados por las autoridades en Cali.
Fuente: Registraduría Nacional del Estado Civil, 14 de agosto de 2026.
4.4 Registro de personas fallecidas
Para fallecimientos ocurridos entre el 7 y el 21 de agosto de 2026 en los departamentos afectados por la emergencia, se flexibilizó temporalmente el trámite:
- Si no fue posible registrar la defunción dentro de los dos días establecidos, el registro no se considerará extemporáneo.
- No será necesario presentar orden del inspector de Policía en estos casos.
Fuente: Registraduría Nacional del Estado Civil, 14 de agosto de 2026.
5Expediente del evento sísmico — administración del edificio
La administración debe abrir un expediente formal del evento y solicitar, como mínimo:
- Acta del evento e informe preliminar de daños.
- Informe técnico estructural y registro fotográfico.
- Relación de apartamentos y de zonas comunes afectadas.
- Copia de la póliza de seguros de la copropiedad: número, vigencia, coberturas, deducibles, exclusiones y procedimiento de reclamación.
- Número de siniestro y nombre del ajustador.
- Informes de la aseguradora, cotizaciones, contratos de reparación y facturas.
- Actas del consejo y actas de asamblea relacionadas con el evento.
Fuente: Ley 675 de 2001, régimen de propiedad horizontal.
6Bienes comunes y bienes privados
Se recomienda elaborar una matriz que separe con claridad los bienes comunes de los bienes privados (ver matriz consolidada en la sección 12).
6.1 Bienes comunes — a cargo, en principio, de la copropiedad
- Estructura y cimientos.
- Columnas, vigas y placas estructurales.
- Fachadas y cubiertas comunes.
- Escaleras y circulaciones.
- Redes generales y equipos comunes.
- Elementos indispensables para la estabilidad y seguridad del edificio.
La jurisprudencia constitucional explica que los bienes comunes son aquellos necesarios para la existencia, estabilidad, funcionamiento, conservación y seguridad del edificio.
6.2 Bien privado — a documentar por cada propietario
- Muros internos, pisos, techos y acabados.
- Puertas y ventanas.
- Cocina y baños.
- Muebles, electrodomésticos y objetos personales.
- Daños particulares.
7Expediente individual por apartamento
Se recomienda que cada residente conforme su propio expediente, bajo el nombre de carpeta: "Torre X – Apartamento XXX – Sismo", con:
- Fotos antes del sismo, si existen, y fotos después del sismo.
- Videos e inventario de daños.
- Facturas de bienes afectados y de servicios.
- Póliza individual.
- Comunicaciones con administración, propietario y aseguradora.
- Informes técnicos, cotizaciones y facturas de reparación.
- Comprobantes de pago, radicados y actas.
8Servicios públicos
8.1 Agua
Administración
- Revisar red general, tanques y bombas.
- Revisar tuberías comunes y fugas.
- Determinar si existe contaminación del agua.
- Reportar el daño al prestador cuando corresponda.
Apartamento
- Revisar tuberías internas, sanitarios, lavamanos y calentadores.
- Revisar fugas.
- Fotografiar el medidor.
8.2 Electricidad
Administración
- Revisar tablero general, subestación (si existe) y zonas comunes.
- Revisar ascensores, bombas e iluminación.
- Reportar daños.
Apartamento
- Revisar tablero, tomacorrientes y electrodomésticos.
- No energizar instalaciones que presenten daños.
- Solicitar revisión profesional en caso de duda.
8.3 Gas — alerta prioritaria
- Si hay olor a gas, evacuar de inmediato.
- No accionar interruptores ni encender fuego.
- No manipular válvulas si hacerlo implica riesgo.
- Reportar la situación y solicitar revisión.
- Obtener constancia de la inspección.
- No restablecer el servicio por cuenta propia.
Gestión con Gases de Occidente (puede hacerse telefónicamente, sin necesidad de acudir de forma presencial):
- Atención al cliente: (602) 418 73 33 · 01 8000 528 888.
- Emergencias: 164.
- Otra línea: 315 665 85 36.
- Correo: inquietudes@gdo.com.co.
Información requerida: número de contrato, nombre, número de cédula, número de celular y dirección. El proceso queda sujeto a validaciones y debe conservarse el número de radicado.
Fuente: Gases de Occidente, 16 de agosto de 2026.
8.4 EMCALI — clausura temporal de servicios
Responsabilidad: Propietario y/o arrendatario
Si el inmueble no puede habitarse por daño estructural, puede solicitarse la clausura temporal de servicios (para no seguir pagando lo que no se usa) en:
Abrir trámite de clausura en EMCALI
Se requiere: número de contrato, dirección completa, nombre, teléfono y correo; adjuntar cédula. La última factura es opcional.
Si no se cuenta con el número de contrato, debe acercarse a los puntos físicos de EMCALI para hacer la consulta, ya que por protección de datos no suministran la información vía telefónica.
Fuente: Pulso/Occidente.co, 14 de agosto de 2026.
8.5 Internet, telefonía, TV y otros servicios del hogar
Incluye wifi, teléfono fijo, televisión por cable, alarmas o cámaras de seguridad y otras suscripciones. Aún no existe un procedimiento oficial único; la gestión debe hacerse directamente con cada proveedor por su canal oficial.
- Reportar la interrupción y obtener número de radicado.
- Registrar la fecha de interrupción.
- Preguntar por la suspensión temporal si el inmueble quedó inhabitable.
- Consultar las condiciones para terminar o trasladar el servicio.
- Solicitar el trámite por escrito y conservar la respuesta.
- Conservar las facturas.
Para los servicios públicos domiciliarios existe un régimen específico bajo la Ley 142, con vigilancia de la Superintendencia de Servicios Públicos.
9Seguros
9.1 Seguro de la copropiedad
Debe tratarse como prioridad inmediata. La administración debe confirmar si la póliza cubre:
- Terremoto y daño estructural.
- Bienes comunes, fachadas, cubiertas y equipos.
- Ascensores y redes.
- Remoción de escombros y honorarios profesionales.
- Alojamiento temporal, si está cubierto.
- Lucro cesante, si aplica.
- Otros gastos derivados del siniestro.
La normativa de propiedad horizontal contempla la obligación de asegurar los bienes comunes susceptibles de aseguramiento frente a riesgos como incendio y terremoto. No debe cerrarse el siniestro antes de tener claridad sobre la totalidad de los daños.
9.2 Reporte ante las aseguradoras
Responsabilidad: Propietario
- En propiedad horizontal, debe coordinarse con la administración o el consejo antes de declarar un siniestro por cuenta propia: puede existir póliza de la copropiedad (zonas comunes) y póliza individual (apartamento o casa). Reclamar por separado sin coordinar puede duplicar el mismo siniestro ante las aseguradoras y afectar el deducible.
- Por ley, toda copropiedad debe contar con un seguro que cubra las pérdidas o daños materiales de los bienes comunes ocasionados por incendio o terremoto, con el fin de garantizar su reconstrucción.
- Debe guardarse el número de siniestro asignado; se necesitará en cada gestión posterior.
Fuente: rus.com.co – seguro de bienes comunes.
9.3 Vehículos afectados
Responsabilidad: Propietario
- Reportar el siniestro directamente con la aseguradora (línea, app, web o punto de atención). El directorio de contacto de todas las aseguradoras está en fasecolda.com.
- Guardar el número de siniestro asignado.
- Fotografiar los daños si es posible acceder de forma segura; si no es posible entrar, debe priorizarse la seguridad personal por encima de las fotografías.
- Existe un plazo de entre 2 y 5 años para radicar la reclamación formal (artículo 1081 del Código de Comercio). Reportar pronto agiliza el trámite, pero no se pierde el derecho por no hacerlo el primer día.
Fuente: Fasecolda, Portafolio, El Heraldo, 13 al 15 de agosto de 2026.
10Si el inmueble está arrendado
Se recomienda que propietario y arrendatario documenten la situación por separado.
10.1 Arrendatario
- Informar al propietario y a la administración.
- Fotografiar los daños.
- Registrar la pérdida o daño de bienes personales.
- Revisar el contrato y el seguro propio, si existe.
- Preguntar por la habitabilidad del inmueble.
- No asumir reparaciones estructurales.
10.2 Propietario
- Revisar el contrato de arrendamiento y el seguro.
- Coordinar con la administración.
- Determinar los daños del inmueble y revisar la posibilidad de ocupación.
- Documentar cualquier acuerdo con el arrendatario.
11Reparaciones y asamblea extraordinaria
11.1 Antes de reparar
- Diagnóstico y determinación de la causa.
- Determinar si el daño es estructural y si es bien común o privado.
- Concepto de ingeniero y definición del procedimiento constructivo.
- Determinar si la intervención requiere licencia.
- Revisar el seguro y obtener cotizaciones.
- Aprobar la intervención según corresponda, ejecutar, supervisar y documentar.
- Obtener el informe final.
La Alcaldía de Cali distingue las reparaciones locativas de las intervenciones que pueden requerir licencia urbanística, incluidas modalidades como reforzamiento estructural, reconstrucción o demolición.
11.2 Asamblea extraordinaria
Si los daños afectan al edificio, debe convocarse asamblea extraordinaria para:
- Presentar el diagnóstico, el informe de daños, la póliza y la respuesta de la aseguradora.
- Presentar el presupuesto y determinar los recursos disponibles, incluido el uso del fondo de imprevistos.
- Aprobar las obras cuando corresponda y definir cuotas extraordinarias, si son necesarias.
- Designar responsables, establecer cronograma y dejar las decisiones en acta.
12Matriz consolidada de seguimiento del edificio
Se recomienda mantener una matriz central para todo el edificio, que evite que, semanas después, un daño reportado quede sin respuesta identificable:
- Apto/Zona
- Fachada
- Daño
- Desprendimiento
- Común/ Privado
- Común
- Evidencia
- Fotos
- Concepto técnico
- Pendiente
- Responsable
- Copropiedad
- Seguro
- Sí
- Radicado
- XXX
- Estado
- Abierto
- Apto/Zona
- Apto 304
- Daño
- Daño muebles
- Común/ Privado
- Privado
- Evidencia
- Fotos
- Concepto técnico
- Pendiente
- Responsable
- Propietario/seguro
- Seguro
- Sí
- Radicado
- XXX
- Estado
- Abierto
- Apto/Zona
- Ascensor
- Daño
- Fuera de servicio
- Común/ Privado
- Común
- Evidencia
- Informe
- Concepto técnico
- Pendiente
- Responsable
- Copropiedad/proveedor
- Seguro
- Sí/No
- Radicado
- XXX
- Estado
- Abierto
12.1 Autoridades — ruta distrital de gestión del riesgo
Para Cali, la ruta debe incluir a la Secretaría de Gestión del Riesgo de la Alcaldía, que cuenta con protocolos activados frente a eventos sísmicos anteriores. Debe solicitarse:
- Reporte del evento y orientación sobre la evaluación del inmueble.
- Inspección, cuando corresponda, y concepto o constancia de la actuación.
- Recomendaciones de habitabilidad, evacuación y retorno.
Debe conservarse: número de radicado, fecha, funcionario o entidad, y respuesta obtenida.
13Albergues, alimentación y mascotas
13.1 Albergues temporales
La Alcaldía de Santiago de Cali ha confirmado dos albergues temporales, con alojamiento, alimentos, agua, kits de aseo y apoyo:
- Cancha o Coliseo de Hockey Miguel Calero: calle 9, entre carreras 37A y 39.
- Diamante de Béisbol: carrera 39 con calle 9.
13.2 Mascotas perdidas o heridas
Para el caso de mascotas perdidas y/o heridas, puede hacer el reporte ante el Centro de Bienestar Animal de Cali, deberá comunicarse a la línea 318 275 0101 y deberá tener:
Nombre del responsable
Teléfono de contacto
Características físicas del animal
Dirección o ubicación donde habitaba
Fotografía en caso de contar con ella.
14Lista de seguimiento individual
Para uso de cada residente o núcleo familiar:
15Diez aspectos que no deben pasarse por alto
- No debe permitirse que el edificio vuelva a ocuparse sin una evaluación adecuada, cuando existan daños que generen dudas sobre su seguridad.
- No deben taparse las grietas antes de documentarlas.
- No deben realizarse reparaciones estructurales improvisadas.
- Debe exigirse copia de la póliza de la copropiedad.
- Debe exigirse el número de siniestro si el evento fue reportado a la aseguradora.
- Cada apartamento debe tener su propio expediente.
- Cada daño debe registrarse con fotografía, fecha y ubicación.
- Cada comunicación importante debe quedar por escrito.
- No deben mezclarse los daños comunes con los daños privados.
- No debe asumirse quién paga hasta determinar técnicamente el origen del daño.
16Fuentes oficiales consolidadas
Se listan a continuación las fuentes citadas a lo largo del documento, con enlaces corregidos (se retiraron parámetros de rastreo y errores de formato de las fuentes originales; las direcciones de destino no fueron alteradas):
Alcaldía de Cali — recomendaciones antes, durante y después de un sismo
Alcaldía de Cali — caracterización de familias damnificadas (RUFE)
EMCALI — clausura de servicios en predios afectados por el sismo
Registraduría Nacional — servicios móviles de identificación en zonas afectadas
Fasecolda — directorio de aseguradoras
RUS Seguros — seguro de bienes comunes en propiedad horizontal
Ley 675 de 2001 — régimen de propiedad horizontal
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Sistema de Información Ambiental — NSR-10 / escenarios de riesgo sísmico
Gases de Occidente — líneas de atención: (602) 418 73 33 · 01 8000 528 888 · emergencias 164 · 315 665 85 36 · inquietudes@gdo.com.co.
Otras fuentes referenciadas por las guías originales: Pulso/Occidente.co, Portafolio, El Heraldo (13–16 de agosto de 2026).
Este documento compila y reorganiza por temas el contenido de la Lista maestra de chequeo NSR-10 y de la Guía de emergencia — Segunda etapa (actualizada el 16 de agosto de 2026), sin alterar los datos originales. Se recomienda verificar los datos operativos (teléfonos, correos y enlaces) antes de su distribución, dado el carácter cambiante de la emergencia.